BOLETO DE COMPRA-VENTA

BOLETO DE COMPRA-VENTA

Entre ———————————, de estado civil ————-, con domicilio especial en ———— Capital Federal, por una parte denominada en adelante el VENDEDOR y ——————— con domicilio especial en, ——————– Capital Federal por la otra parte denominada el COMPRADOR todos mayores de edad y hábiles para este acto convienen en celebrar el presente boleto de compra-venta sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.-

PRIMERA: El VENDEDOR vende al COMPRADOR y este compra de conformidad con la ley 13512 de Propiedad Horizontal y sus decretos reglamentarios la unidad funcional Nro. —- ubicada en el Piso —- del edificio sito en ———————- de Capital Federal (Matricula : ———-) , con las medidas y demás circunstancias como lo especifica su titulo. Le corresponde al VENDEDOR por escritura Nro. —- de fecha ————- realizada por ante el escribano ——————, cuya escritura matriz obra al folio —, del Registro Notarial ——.-

 

SEGUNDA: Esta venta ha sido convenida y aceptada por las partes en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES BILLETES ——————- (U$S ——-) que deberá ser abonada de la siguiente manera: la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES BILLETES ————- (U$S —.-) es abonada por la parte compradora a la parte vendedora en este acto a cuenta de precio y como principio de ejecución de contrato, sirviendo el presente de suficiente recibo y carta de pago. Las partes han tomado conocimiento de la vigencia de la ley 25345, en consecuencia aceptan la forma y medio de pago, renunciando a cualquier reclamo o acción que le pudiera corresponder, considerando el pago efectuado en efectivo con plenos efectos cancelatorios. El saldo o sea la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES BILLETES —————– (U$S ——–) serán abonados en el acto de firmarse la escritura traslativa de dominio, y entrega de la posesión de parte del VENDEDOR al COMPRADOR dentro y hasta los — (—–) días corridos a partir de la firma del presente boleto, en la escribanía designada. Si por cualquier circunstancia, inclusive en virtud de una disposición legal el COMPRADOR no estuviera en condiciones de hacer entrega de esa cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES BILLETES, deberá entregar la cantidad de pesos necesaria para efectuar la compra de esa cantidad de DOLARES ESTADOUNIDENSES BILLETES de acuerdo con la paridad establecida en la plaza de Montevideo el día inmediato anterior a la fecha de la escritura traslativa de dominio de acuerdo con las publicaciones que tengan lugar en los diarios “Ámbito Financiero y/o “El Cronista Comercial”.

 

TERCERA: Esta venta se realiza basándose en títulos perfectos, libres de todo gravamen, con todos los impuestos, expensas y servicios pagos hasta el día de la escrituración por la parte vendedora quien entregará el bien libre de ocupantes y sin que mediara oposición de terceros.

Y según consta en el informe de dominio expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble, con fecha ————, bajo el Nro. ———-, el dominio esta inscripto a nombre del VENDEDOR y no reconoce ningún gravamen .

Se deja constancia que según el certificado de inhibiciones de fecha ———-, bajo el Nro. ——– el VENDEDOR no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes.

 

CUARTA: La escritura traslativa de dominio será otorgada por la escribana ——— con domicilio en ———– en donde deberán concurrir las partes a la primera citación que les formule el escribano interviniente. Los gastos de escrituración serán soportados por las partes de acuerdo a los usos y costumbres notariales.

 

QUINTA: Para todas las obligaciones derivadas del presente boleto la mora se producirá en forma automática por el solo transcurso de los plazos sin que mediara interpelación judicial o extrajudicial.

Si llegado el momento de la escrituración, el COMPRADOR no concurriera a suscribirla el día fijado a tal efecto, el VENDEDOR podrá optar por:

A) Exigir el cumplimiento de esta obligación por los términos y tramites del juicio ejecutivo renunciando el COMPRADOR a toda excepción que no sea la del pago probado documentalmente debiendo en este caso el COMPRADOR abonar al VENDEDOR una multa de DOLARES EE.UU CINCUENTA (U$S 50.-) por cada día de atraso en el cumplimiento:

B) Declarar de pleno derecho totalmente rescindido el contrato perdiendo el COMPRADOR en este caso la suma abonada en concepto de indemnización y renunciando a reclamos judiciales de cualquier naturaleza.

Si el VENDEDOR no concurrieran al acto de la escrituración, el COMPRADOR podrá optar por:

A) Exigir el cumplimiento de esta obligación por los términos y tramites del juicio ejecutivo debiendo en este caso el VENDEDOR abonar al COMPRADOR una multa de DOLARES EE.UU. CINCUENTA (U$S 50.-) por cada día de atraso en el cumplimiento.

B) Declarar de pleno derecho rescindida la operación de venta debiendo el VENDEDOR en este caso devolver, dentro de las 48 hs, al COMPRADOR la suma percibida mas otro tanto igual en concepto de indemnización, renunciando a reclamos judiciales de cualquier naturaleza.

 

SEXTA: La presente venta se pacta “ad corpus” en el estado y condiciones en que se encuentra la propiedad, conociéndolas el COMPRADOR por haberla visitado anteriormente.

SÉPTIMA: Presente en este acto —————– cónyuge del VENDEDOR presta conformidad al presente boleto de compra-venta de acuerdo al Articulo 1277 del Código Civil.

El VENDEDOR declara expresamente que el inmueble objeto del presente es un bien propio y no es sede de hogar conyugal con hijos menores y/o incapaces.

No se requiere el consentimiento del cónyuge por manifestar expresamente el VENDEDOR que el inmueble objeto del presente es un bien propio y no es sede de hogar conyugal ni de hijos menores y/o incapaces.

 

OCTAVA: Se incluye en la venta la linea telefónica correspondiente al Nro. —— ya instalada en el inmueble, siendo a cargo del comprador los gastos que demande el cambio de titularidad de la misma.

 

NOVENA: A los efectos legales del presente boleto, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales de Primera Instancia en lo Civil de la Capital Federal renunciando a cualquier otro fuero o lugar, constituyendo domicilios especiales en los ya indicados donde se tendrán por validas todas las notificaciones u emplazamientos que se hicieren.-

 

De conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Buenos Aires el día —– de ——— de 2009.-


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