Seña

Seña

La seña es un instrumento jurídico tipificado en el artículo 1202 y s/s del código civil Argentino. Generalmente este caso el importe entregado es mayor al de la reservado ( aprox 10% del valor del inmueble) y lo entrega directamente al comprador , por lo que el arrepentimiento de alguna de las partes produce directamente efectos jurídicos patrimoniales , es decir , en este documento privado las partes pactan una fecha de suscripción del boleto de compra venta y la no comparencencia ( la no presentación ) alguna de las partes implica la pérdida de lo dado por parte del comprador o la devolución del doble de lo entregado si el que incumple es el vendedor.

Elementos necesarios para firmar una seña:

-fotocopia de titulo

-fotocopia de declaratoria de heredero ( si corresponde)

-certificado de dominio e inhibición de los vendedores.

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